Se reducen un 30% los aranceles de notarios y registradores mercantiles aplicables a la adaptación de sociedades profesionales

El pasado 1 de septiembre se publicó el Real Decreto 1131/2007, por el que se desarrolla la disposición transitoria tercera de la Ley de Sociedades Profesionales, que preveía una reducción de los aranceles correspondientes a los notarios y registradores mercantiles en los casos de adaptación de sociedades constituidas con antelación a la entrada en vigor de la misma, con el fín de favorecer este proceso. Dichas sociedades tienen el plazo de un año desde la entrada en vigor para adaptarse.Tal y como habían expresado los responsables del Ministerio de Justicia en las reuniones que miembros del Consejo General de Colegios de Economistas de España han mantenido con ellos, la reducción que finalmente han adoptado ha sido del 30%.En relación con las actuaciones que aún están pendientes para completar las previsiones de la Ley, se encuentra la creación del portal de Internet del Ministerio de Justicia para dar publicidad sobre las sociedades profesionales, y el desarrollo de la disposición final segunda que habilita al Ministerio de Justicia para regular el ejercicio profesional en el seno de las sociedades que tengan por objeto el ejercicio de varias actividades profesionales y el régimen de incompatibilidades aplicable.[Acceso al Real Decreto 1131/2007]

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