Orden de convocatoria del examen para la inscripción en el registro oficial de auditores de cuentas REA Auditores

En el BOE de 12 de mayo de 2023, se ha publicado la Orden ETD/479/2023, de fecha 5 de mayo, relativa la convocatoria conjunta del Consejo General de Economistas de EspañaRegistro de Economistas Auditores y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, del examen de aptitud profesional (EAP) para la autorización del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas e inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC). Esta Orden se publica incluyendo como Anexo Resolución del presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), por la que se aprueba la citada convocatoria.

Podéis encontrar la citada Orden Ministerial en nuestra web y pinchando aquí.


Examen práctico

En esta convocatoria se introduce, como novedad, que esta prueba de aptitud estará repartida en dos bloques independientes entre sí, tal y como se refleja en el Anexo II de la Orden. Para superar el examen de aptitud se requerirá la calificación de apto en los dos bloques. No obstante, quienes no habiendo superado el examen de aptitud hubieran obtenido la calificación de apto en alguno de los dos bloques, quedarán exentos de la realización del examen de dicho bloque en la convocatoria inmediata posterior, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de la prueba correspondiente a dicho bloque sean análogos, lo que será valorado por el Tribunal.

Documentación

La documentación, en el caso de aspirantes nuevos, es la que viene siendo habitual en las convocatorias anteriores, es decir: DNI, justificante de haber satisfecho los derechos de examen, solicitud de admisiónacreditación de la titulación universitaria, acreditación de haber seguido programas de enseñanza teórica, acreditación, en su caso, de haber realizado la formación teórica adicional en NIAES y acreditación de haber cumplido el requisito de formación práctica (así como justificación fehaciente del vínculo contractual).

Los aspirantes admitidos en convocatorias anteriores sólo estarán obligados a presentar el modelo de solicitud y el y justificante de haber satisfecho lo derechos de examen y no estarán obligados a presentar la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos para ser admitidos a la primera y/o segunda fase del examen.

La citada documentación, como se ha mencionado, incluye el modelo de solicitud de admisión al examen, que puedes encontrar pinchando aquí.

Fecha límite de entrega de la documentación

La fecha límite de entrega de la documentación es el 13 de junio de 2023 inclusive (plazo de 1 mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE).

Forma de presentación

Primera
Las solicitudes de admisión, acompañadas de la documentación acreditativa citada anteriormente, deberán presentarse preferiblemente de forma electrónica pudiendo utilizar para ello, el acceso desde la página web 
del ICAC https://rec.redsara.es/registro

En este caso, se adjuntará tanto el PDF de la solicitud como los archivos necesarios para justificar los requisitos exigidos en la convocatoria. Esta forma de presentación requiere que el solicitante tenga un certificado electrónico reconocido (FNMT o DNI Electrónico), o acceso mediante el servicio de identificación Cl@ve.

Segunda
Adicionalmente, para aquellas situaciones que la presentación electrónica no sea posible, las solicitudes de admisión, acompañadas, en su caso, de la documentación acreditativa correspondiente, podrán presentarse  presencialmente o por correo en cualquiera de las sedes nacionales o territoriales de las Corporaciones convocantes.

En este caso la documentación debe ser entregada (adjuntando copia del justificante de ingreso de la tasa) por correo postal certificado, correo electrónico a la dirección eap@rea.es presencialmente, en la sede del Consejo General de Economistas  Calle Nicasio Gallego, 8 (28010) Madrid a la atención de Paula Caro; o en las diferentes sedes de los Colegios de Economistas o Titulares Mercantiles (mapa colegios pinchando aquí).
En el caso de presentar la documentación en el Consejo General de Economistas podrá realizarse de lunes a viernes en horario de 09:00 a 14:00, mediante un sistema de cita previa, que podrá solicitarse mediante un correo electrónico a la dirección
 eap@rea.es.


En la solicitud de admisión debéis señalar al Consejo General de EconomistasRegistro de Economistas Auditores como la Corporación que tramitará la solicitud de admisión al EAP.

Tasas y pago

Las solicitudes de admisión deberán ir acompañadas del justificante de haber satisfecho la cantidad de 160,00 euros. Dicho pago deberá realizarse antes de que termine el plazo de presentación de las solicitudes de admisión a través del correspondiente ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente con IBAN: ES85 0049 1892 6025 1331 3801 de la entidad, habilitada al efecto de esta convocatoria, incluyendo expresamente el nombre y apellidos del solicitante y la mención «EXAMEN ROAC 2023».

Sedes

Las pruebas de aptitud se celebrarán en Madrid y Barcelona. Es necesario indicar en la solicitud de admisión el lugar elegido.
F
ormación práctica (apartado 3.6 de la Resolución)


La formación práctica adquirida deberá acreditarse mediante certificación expedida por auditor de cuentas o sociedad de auditoría autorizado en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, en la que se deberá hacer referencia al tiempo efectivo trabajado en auditoría de cuentas, así como el vínculo contractual que haya existido entre el solicitante y la persona habilitada para el ejercicio de la auditoría de cuentas que emite la certificación. El vínculo contractual deberá justificarse fehacientemente.


Adicionalmente se tendrá en cuenta lo siguiente:

 La adquirida con anterioridad al 1 de enero de 2015: será exigible en los términos previstos en el art. 25 del RAC RD1636/1990, mediante certificados similares a los que se habían venido emitiendo, expresando el tiempo de la formación práctica en años.

 En relación con la formación práctica adquirida con posterioridad al 1 de enero de 2015 y hasta 30 de enero de 2021 deberá hacerse constar en el certificado el número de horas realizadas en la actividad de auditoría de cuentas durante ese período, teniendo en cuenta lo establecido a tal efecto en el artículo 35 del RAC RD 1517/2011. Puedes encontrar el modelo de certificado pinchando
 aquí.
 En cuanto a la formación práctica adquirida desde el 30 de enero de 2021 hasta un mes desde la publicación de la convocatoria, se justificará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento aprobado mediante Real Decreto 2/2021. Puedes encontrar modelo de certificado
pinchando
 aquí.

Para más información: Comunicación nº 6 del Departamento de formación