Los Colegios Profesionales están sometidos a la nueva Ley 2/2023, de 20 de febrero Regulación de la protección de las personas informantes

Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

La obligatoriedad de implantar un canal de denuncias en las empresas y otras entidades públicas, entre las cuales se encuentran los Colegios Profesionales, según la citada Ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y que entró en vigor el pasado 13 de marzo, contempla la obligatoriedad de disponer de un canal de denuncias, cuya fecha límite para su implantación, en nuestro caso, es el 13 de junio de 2023. Evidentemente, se ha establecido unas conductas consideradas infractoras y también unas sanciones ligadas a ellas.

Nuestro Colegio de Economistas, en cumplimiento de esta Ley está actualmente siguiendo las pautas marcadas por el Consejo de Economistas de España.