La nueva Ley de Sociedades Profesionales tiene por objeto posibilitar la aparición de una nueva clase de profesional colegiado: la propia sociedad profesional. Dichas sociedades deberán colegiar a la totalidad de sus titulados universitarios oficiales.La Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales nace como de obligado cumplimiento para todas aquellas personas o entes jurídicos que tienen como actividad el ejercicio profesional, definido como aquél para el que se precisa acreditar una titulación universitaria oficial y su adscripción al correspondiente colegio profesional.[Acceso a la Ley]