Información TGSS SAA 420 y trámites CASIA

INFORMACIÓN TGSS 

Desde la Tesorería General de la Seguridad Social en Illes Balears, nos informan de los siguientes temas:

1.- BONIFICACIÓN TRABAJADORES FIJOS DISCONTINUOS EN LOS SECTORES DEL TURISMO, COMERCIO Y HOSTELERÍA

2.- CASIA: CLASIFICACIÓN DE CASOS Y SOLICITUD DE TRÁMITES

1.- BONIFICACIÓN TRABAJADORES FIJOS DISCONTINUOS EN LOS SECTORES DEL TURISMO, COMERCIO Y HOSTELERÍA

Como conoces, la disposición adicional centésima vigésima segunda, sobre medidas de apoyo a la prolongación del período de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística,  de la Ley 11/2020 por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, establece lo siguiente:

“Con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.”

Por otra parte, la D.A. 3ª del Real Decreto ley 35/2020  de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria, contemplaba la misma bonificación para los meses de abril a octubre de 2021,

Para esos meses de abril a octubre ha sido suficiente con informar la SAA 420 una única vez, bien a 1 de abril 2021 si el trabajador ya se encontraba de alta en esa fecha, o en el momento del alta si esta se producía con posterioridad. Aplicándose automáticamente los efectos de la SAA 420 para los meses siguientes hasta octubre 2021 al encontrarse bajo el amparo de la d.a. mencionada en el párrafo anterior.

Ahora bien, para el mes de noviembre, en que la bonificación se aplica al amparo de otra norma distinta (d.a. vigésima segunda de la Ley 11/2020, de PGE para 2021), es necesario la anotación de la SAA 420 a fecha 1-11-2021, para que se reconozca dicha bonificación.

Actuaciones en el ámbito de afiliación

La identificación de la empresa y de los trabajadores a los que resulte de aplicación las bonificaciones, por concurrir los requisitos a los que se refiere la disposición adicional centésima vigésima segunda de la Ley 11/2020 de PGE, se realizará a través de los procedimientos ya establecidos en ocasiones anteriores para este tipo de beneficios.

Por ello, recordamos que, los requisitos para acceder a dicha bonificación son:

  • Estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria el último día del mes en que sea de aplicación la bonificación
  • Comunicar la Declaración Responsable de vinculación de la empresa al sector del turismo, anotando a través del Sistema Red la CPC 017 o, en el caso de CCCs de otras provincias distintas a la de Baleares, presentando el formulario debidamente cumplimentado y firmado digitalmente.
  • Anotar la SAA 420.

El plazo para anotar la SAA 420 es: de forma previa hasta 60 días y a lo largo de todo el mes natural y hasta el día 3 del mes inmediatamente posterior

 

2.- CASIA: CLASIFICACIÓN DE CASOS Y SOLICITUD DE TRÁMITES

La documentación que se adjunta a los casos CASIA se guarda de forma automática en un Gestor Documental, es decir un Archivo Electrónico. Próximamente se realizará la vinculación automática de esos documentos CASIA con el expediente electrónico de Afiliación de cada empresa y trabajador, o con cualquier otro expediente existente en el Gestor Documental que corresponda.

Para que se pueda implantar la vinculación automática y la documentación quede correctamente archivada en su expediente electrónico, es imprescindible que las solicitudes de trámite se correspondan  con la categorización seleccionada, es decir, los casos tendrá que estar correctamente clasificados por Materia, Categoría y Subcategoría, ya que de otro modo se produciría un archivo incorrecto de las solicitudes y los documentos aportados en CASIA.

Por este motivo, loa casos que no se correspondan con la categorización seleccionada serán inadmitidos por parte del tramitador.

Igualmente, al dar de alta un caso, existe una única línea de datos complementarios en los que se debe indicar el CCC, el NAF, etc. debiendo hacer referencia cada caso a un único trabajador para que, como se ha indicado antes, el archivo en el expediente electrónico se realice automáticamente de forma correcta. Por ello, nos vemos en la necesidad de no poder admitir en un caso una relación de trabajadores independientemente de que se trate de trabajadores en alta de un mismo CCC.

Por ello, a partir de este momento, en cada caso sólo se podrá solicitar el trámite de un único trabajador.

Igualmente, en cuanto a la Materia de Recaudación, si bien, hasta la fecha se han venido admitiendo trámites diversos, recordamos que la única Categoría prevista por el momento en CASIA es la de “aportar documentación acreditativa”, Subcategoría “Actualización Liquidación Fuera de Plazo”, que únicamente deberá utilizarse cuando se haya solicitado la rectificación de una liquidación a través del Registro Electrónico y con posterioridad se aporte cualquier documentación que no se haya incluido en el momento de la solicitud.

Así pues, se inadmitirán las solicitudes de trámite de recaudación que no se adapten a lo indicado, debiéndose solicitar dichos trámites, bien a través del Registro Electrónico, o bien, a través del servicio específico que corresponda por Sistema Red o Sede Electrónica.

En la página web está disponible toda la documentación relativa a CASIA, entre ella el Manual para la utilización del servicio CASIA, donde se recoge con detalle la categorización de los casos en cuanto a Materia, Categoría y Subcategoría, cuyo enlace se indica a continuación.

https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/5300/07c7073f-f356-499f-8d1f-2bac8d596c5f/4bf11c4e-c758-444b-8d4a-a52ce1e0e6d2