El Real Decreto Ley 6/2019 en su artículo 4 modifica la disposición adicional decimocuarta de la LGSS de modo que a partir del 1 de abril las cuotas de Seguridad Social y por Formación Profesional correspondientes a los convenios especiales de cuidadores no profesionales serán abonadas conjunta y directamente por el IMSERSO. Esto quiere decir que el numeroso colectivo de cuidadores podrá concertar convenio en estos términos. Se da un plazo de 90 días a partir del 1 de abril para hacerlo con efectos de esa misma fecha.
Por tanto, a partir de ese día tanto en los nuevos convenios como en los antiguos la cotización ya no será a cargo del cuidador.
Dirección Provincial de Gestión Recaudatoria