Attn./ Miembros Colegio de Economistas de las Islas Baleares usuarios del Sistema Red de la Seguridad Social
A continuación os damos traslado de la información recibida desde la TGSS en Illes Balears.
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Apreciado colaborador,
En orden al reconocimiento de la bonificación contemplada en el art. 30 del RDL 1/2023 como medida de apoyo a la prolongación del período de actividad de las personas trabajadoras con contratos fijos-discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística, se informa que, a partir del próximo mes de noviembre, las empresas deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria, el día 1 de los meses en que pretendan aplicarse la bonificación (febrero, marzo, noviembre), o en la fecha del alta del trabajador de producirse esta después del día primero del mes.