En el ámbito del Registro de Apoderamientos, se ha creado un nuevo trámite para facilitar el apoderamiento por vía electrónica, en especial para aquellos casos en los que el poderdante no pueda apoderar por internet y el trámite se quiera hacer por vía electrónica, sin necesidad de acudir a la oficina.
Hasta ahora solo era posible que el poderdante (con certificado electrónico o cl@ve PIN) apoderase por vía electrónica.
A partir de ahora, también será posible dar de alta un apoderamiento, sin intervención del poderdante, cuando se presente la documentación vía registro (con cl@ve o certificado). Este trámite no está pensado para que el poderdante lo utilice, puesto que el poderdante ya tiene un trámite en el que puede apoderar sin aportar ningún tipo de documentación. Será de utilidad por ejemplo para aquellos casos en los que el poderdante no tenga identificación electrónica y el apoderado aporte toda la documentación requerida para dar de alta el apoderamiento.
El enlace al nuevo trámite es este: