Registro de Prestadores de servicio a sociedades Ampliación del plazo de inscripción de los profesionales personas físicas

Respecto a la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas que con carácter profesional presten, por cuenta de terceros, una serie de servicios -los determinados en el art. 2.1.o) de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales-, cuyo plazo terminaba el día 4 de septiembre, conforme a lo dispuesto en el apartado 4 de la Disposición adicional única de la ley 10/2010, la Dirección General de Registros y del Notariado ha publicado en su página web una Instrucción.

Si bien no aclara nada sobre los profesionales que han de cumplir con esa obligación, aunque resalta que los servicios se han de prestar “por cuenta de terceros”, sí corrobora que el registro lo han de hacer de forma telemática, a través de la plataforma que utilizan todos los Registros de la Propiedad y Mercantiles, donde quedará instalada la aplicación para declarar el alta o la baja, con certificado electrónico reconocido y, lo más importante, el plazo para estas personas físicas profesionales, que venían prestando dichos servicios, será desde el 4 de septiembre hasta el 31 de diciembre de este año.